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LAC-2018-14 (v2)
LAC-2019-1 (v1)


2.3.2.18.- Transferencias de direcciones IPv4
2.3.2.18.- Transferencias de direcciones IPv4


Se permitirán transferencias de direcciones IPv4 entre LIRs y/o usuarios finales, en adelante entidades, bajo las condiciones establecidas en la presente sección.
Se permitirán transferencias de direcciones IPv4 entre LIRs y/o usuarios finales, en adelante entidades, bajo las condiciones establecidas en la presente sección.


En el caso de que alguna de las entidades involucradas sea de otra región (transferencias inter-RIR), sólo se permitirán para recursos legados. Esta restricción no aplica para el caso de transferencias dentro de la región LACNIC (transferencias intra-RIR).
Esta política aplica tanto a los casos en que alguna de las entidades involucradas sea de otra región (transferencias inter-RIR), como para transferencias dentro de la región LACNIC (transferencias intra-RIR).


2.3.2.18.1.- El tamaño mínimo de bloque que se permite transferir es un /24.
2.3.2.18.1.- El tamaño mínimo de bloque que se permite transferir es un /24.


2.3.2.18.2.- Para que una entidad dentro de LACNIC, pueda ser el destinatario de una transferencia, debe pasar primero por el proceso de justificación de recursos IPv4 ante LACNIC. Es decir, la entidad debe justificar ante LACNIC la distribución/asignación inicial/adicional, según sea el caso, de acuerdo a las políticas vigentes.
2.3.2.18.2.- Para que una entidad dentro de LACNIC, pueda ser el destinatario de una transferencia, debe pasar primero por el proceso de justificación de recursos IPv4 ante LACNIC. Es decir, la entidad debe justificar ante LACNIC la distribución/asignación inicial/adicional, según sea el caso, de acuerdo a las políticas vigentes.


Si el destinatario es una entidad de otra región, estará sujeta a los criterios, verificaciones y requisitos del RIR correspondiente.
Si el destinatario es una entidad de otra región, estará sujeta a los criterios, verificaciones y requisitos del RIR correspondiente.


2.3.2.18.3.- LACNIC o el RIR correspondiente (en función de la dirección de la transferencia), verificará la titularidad del recurso a transferir y que esté libre de disputas.
2.3.2.18.3.- LACNIC o el RIR correspondiente (en función de la dirección de la transferencia), verificará la titularidad del recurso a transferir y que esté libre de disputas.


En los casos de transferencias intra-RIR, ambas entidades deberán presentar a LACNIC una copia firmada del documento legal que respalde la transferencia.
En los casos de transferencias intra-RIR, ambas entidades deberán presentar a LACNIC una copia firmada del documento legal que respalde la transferencia.


En los casos de transferencias inter-RIR, la documentación que respalda la operación será la acordada entre ambos RIR.
En los casos de transferencias inter-RIR, la documentación que respalda la operación será la acordada entre ambos RIR.


2.3.2.18.4.- LACNIC mantendrá una bitácora de transferencias, accesible públicamente, de todas las transferencias de bloques IPv4 que se registren ante él. En dicha bitácora se registrará la fecha de la operación, la entidad fuente de la transferencia, la entidad destino, las direcciones transferidas y, si fuera una transferencia inter-RIR, los RIRs fuente y destino.
2.3.2.18.4.- LACNIC mantendrá una bitácora de transferencias, accesible públicamente, de todas las transferencias de bloques IPv4 que se registren ante él. En dicha bitácora se registrará la fecha de la operación, la entidad fuente de la transferencia, la entidad destino, las direcciones transferidas y, si fuera una transferencia inter-RIR, los RIRs fuente y destino.


2.3.2.18.5.- La entidad fuente de la transferencia quedará automáticamente inelegible para recibir distribuciones y/o asignaciones de recursos IPv4 por parte de LACNIC durante un año, a partir de la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias.
2.3.2.18.5.- La entidad fuente de la transferencia quedará automáticamente inelegible para recibir distribuciones y/o asignaciones de recursos IPv4 por parte de LACNIC durante un año, a partir de la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias.


2.3.2.18.6.- Las direcciones previamente transferidas no podrá ser subsecuentemente transferidas (ni total, ni parcialmente) durante un periodo de un año, a partir de la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias.
2.3.2.18.6.- Las direcciones previamente transferidas no podrá ser subsecuentemente transferidas (ni total, ni parcialmente) durante un periodo de un año, a partir de la fecha de operación registrada en la bitácora de transferencias.


2.3.2.18.7.- Una vez concluida la transferencia, LACNIC modificará la información del recurso transferido para reflejar el cambio de titular.
2.3.2.18.7.- Una vez concluida la transferencia, LACNIC modificará la información del recurso transferido para reflejar el cambio de titular.


2.3.2.18.8.- Cada entidad, tanto la que transfiere como la que recibe, quedará sujeta a las políticas y condiciones de membresía del RIR correspondiente.
2.3.2.18.8.- Cada entidad, tanto la que transfiere como la que recibe, quedará sujeta a las políticas y condiciones de membresía del RIR correspondiente.


2.3.2.18.9.- Las direcciones provenientes de distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales o adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias (ni totales ni parciales) durante un periodo de tres años a partir de su fecha de distribución o asignación.
2.3.2.18.9.- Las direcciones provenientes de distribuciones o asignaciones de LACNIC, ya sean iniciales o adicionales, no podrán ser sujetos a transferencias (ni totales ni parciales) durante un periodo de tres años a partir de su fecha de distribución o asignación.


2.3.2.18.10.- Los recursos legados transferidos entrantes, dejarán de ser considerados legados.
2.3.2.18.10.- Los recursos legados transferidos entrantes, dejarán de ser considerados legados.